revolucion banca

Revolución en los Pagos

Lo que ha ocurrido se veía venir, llegaría en cualquier momento, algo ya comenté sobre ello en mi entrada “Revolución en la Banca”, que les invito a releer pulsando aquí.

En aquella ocasión, en referencia a la tendencia a la baja de la banca tradicional, decía que “…..las grandes corporaciones sociales y tecnológicas (Google, Amazon, PayPal, Facebook, etc.) que tienen una capacidad financiera elevada, y que cuentan con millones y millones de usuarios a una distancia de un click, lo saben, invierten millones de Euros en analizar cómo somos y cómo nos comportamos, y están muy bien preparadas para el futuro ya que cada día siguen dando pasos en la innovación.”

 

En estos momentos, la noticia es que Facebook ya puede operar en España, a través de Facebook Messenger, como Entidad de Dinero Electrónico, y permitirá el envío de dinero de persona a persona. Este servicio ya está funcionando en EEUU y ahora llega a Europa.

La entidad “Facebook Payments International Limited” fue registrada el pasado 30 de Diciembre en el Registro Oficial de Entidades del Banco de España, tras darse de alta en Octubre en el registro del Banco Central de Irlanda. Pero no queda ahí la cosa, por el hecho de tener la autorización en un país de la Unión Europea, la Compañía, con sede en Dublín, debe notificar a todos los estados miembros su condición de operador, lo que le permitirá operar en toda la UE.

 

Siendo así, Facebook puede operar, en general, mediante la emisión, distribución y reembolso de dinero electrónico. Puede emitir y adquirir instrumentos de pago, y también está facultada para realizar operaciones como transferencias de fondos o pagos mediante dispositivos de telecomunicaciones, digitales o informáticos, y para otorgar créditos relacionados con las actividades de pago.

En España, esta actividad está regulada por la Ley 21/2011, de 26 de julio, de dinero electrónico. Les dejo aquí un enlace al texto de la ley en la web del banco de España, y aquí otro al texto del artículo 1.2 de la Ley 16/2009, de 13 de Noviembre, sobre los Servicios de Pago, donde pueden ver los servicios que estas Entidades pueden prestar.

 

Hay que tener en cuenta que estamos hablando de unos 1.600 millones de usuarios a nivel mundial (la red social más grande con diferencia del resto), y que este hecho podría suponer una competencia espectacular con la banca tradicional para este tipo de pagos que, en su mayoría, se realizarían entre particulares.

 

Y esto no es más que el inicio del camino. Quién dijo miedo ¡¡

 

Saludos,

 

(Imagen de cabecera: Pixabay)



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8 comentarios

  1. No me deja revotar Francisco, creo que los de 20¨ también vigilan lo suyo, Interesantisima entrada. La banca no ha sabido implicarse en el desarrollo efectivo de las regiones sobre las cuales está implantada y ha dado la sensación a los clientes que su finalidad principal era obtener beneficios a su costa en lugar de apoyar y arriesgar en la implantación de nuevas empresas, jugó al crédito seguro basado en el ladrillo y se ha pillado los dedos con un 10% de fallidos y ahora surgen nuevas opciones para el consumo, más rápidas y menos costosas que la desbancan del negocio. Pues o aprenden a jugar la baza de la proximidad, asesoran los nuevos proyectos y se arriesgan a participar en calidad de socios tomando posiciones en largo o se van al garete por expresarlo del modo más fino posible. Resumiendo o contratan expertos en el asunto para saber de que van los tiros antes de meter un pie o los forman entre sus actuales «funcionarios»l. Un abrazo.

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