Hace algún tiempo publiqué una entrada sobre las subcontrataciones entre empresas en España, y su efecto sobre sus empleados, vean: «Subcontratación y lotería«, donde reflexionaba sobre las circunstancias que rodeaban este tipo de contratación a raíz de la aprobación de una Proposición de Ley que implicaba la igualación en salarios y condiciones laborales a los empleados contratados y a los subcontratados por una empresa para un mismo trabajo. Les invito a leerla.
Hoy les traigo una reciente resolución del Tribunal Supremo en la que se avanza hacia restringir el abuso en la utilización de la subcontratación como «solución» a la temporalidad de los acuerdos entre empresas, trasladando dicha temporalidad a sus empleados:
Miles de empleados que trabajan en empresas de contratas y servicios deberán tener contratos indefinidos.
Origen: El Supremo pone limites a la contratación temporal en las subcontratas | Laboral 2021 | Loentiendo
Es un ejemplo más de situaciones en las que se entremezcla la vertiente humana y productiva de una persona, que me llevaron a escribir y publicar en este mismo blog «Recursos humanos«, entrada en la que hablaba del tratamiento de la persona como un simple «recurso», ¡échenle un vistazo!
¡Saludos!
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